Estanco: cómo tramitar un PVR por internet

Estanco: cómo tramitar un PVR por internet

La era de la digitalización ha llegado al Estanco y es una realidad en muchos de sus ámbitos de gestión.  En el estanco son cada vez más los procedimientos que deben hacerse por internet, no sólo a nivel interno, sino en la relación con las Administraciones como el Comisionado para el Mercado de Tabacos (CMT), o el Ministerio de Hacienda.

Es el caso de las tramitaciones de Puntos de Venta con Recargo (PVRs), tanto el alta, como la baja o la modificación. Hasta mediados  de 2020, se podían tramitar presencialmente, pero desde junio deben tramitarse a través de la plataforma digital del CMT. Asimismo, hasta finales de 2020, era posible rellenar los clásicos permisos en papel copiativo y realizar los pagos por ventanilla en entidades bancarias. Sin embargo, desde enero de 2021, y ante la falta de permisos en papel copiativo actualizados, es más efectivo y rápido realizar el trámite por internet.

Certificado digital o equivalente

El primer paso es contar con un certificado digital o equivalente (clave), imprescindible para cualquier trámite por internet con la Administración del Estado. Si aún no cuentas con él, puedes solicitarlo en la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (ver). En la misma página se dan instrucciones para la instalación del certificado digital en el navegador que uses habitualmente.

Representación del titular del PVR

El segundo paso es pedir permiso al titular del PVR para tramitar en su nombre. Hay que recordar que el estanco no es el titular de los PVRs, sino el establecimiento en el que se instalará la máquina expendedora. Por eso el permiso lleva sus datos en primer lugar, es quien debe pagar la tasa y tiene capacidad para cambiar de estanco de suministro cuando lo desee (siempre que lo solicite por vía administrativa y el CMT lo acepte).

De hecho, en realidad, el establecimiento es quien debería registrar el PVR. Pero la realidad es que los titulares de los establecimientos hosteleros no suelen hacerlo, por lo que delegan ese trámite en el estanco. Para que el estanco pueda tramitar un PVR, el titular del establecimiento hostelero debe rellenar el modelo de otorgamiento de representación (descargar) y el modelo de desistimiento expreso (descargar). Por último, antes de pasar al procedimiento en sí, el estanco debe rellenar una declaración responsable (descargar).

Acceso a la cuenta personal en el CMT

Una vez instalado el certificado digital, y con todos los documentos rellenados, debidamente firmados y escaneados, accede a la página del CMT para tramitar (ver). Arriba a la derecha, encontrarás un indicador de “Acceso con clave”. Al pulsar sobre él, irás a una página en la que se permite el “Acceso con clave”. Pulsando sobre él pasarás a la página de identificación, en la que puedes elegir acceder con DNI o certificado electrónico (o en su defecto con el resto de opciones).

Acceso a Autorizaciones de PVR

Una vez elegido el certificado (u otra opción) entrarás a tu cuenta de usuario en la página del CMT. En la barra superior debes colocar el cursor sobre “Procedimientos” y elegir “Puntos de venta con recargo”.  En la página resultante, debes pulsar sobre “Autorizaciones Puntos de Venta con Recargo”.

Se abrirá un formulario. Una vez rellenado aparecerá en pantalla el justificante de solicitud que puedes descargar, así como un acceso al justificante de registro de la solicitud. Conviene imprimir una copia y guardar también copia digital.

Descarga y pago de Tasa

Seguidamente,  recibirás un email en el buzón del correo electrónico señalado en el formulario. Este email avisará de que ya puedes descargar en la Sede (cuenta en el CMT) la Orden de Pago ya cumplimentada, para ser impresa y presentada en banco para liquidación de la tasa que corresponda. Esta Orden de Pago siempre estará disponible para su descarga accediendo a Mis Expedientes, en tu cuenta en el CMT.

Una vez descargada, debes proceder al pago, y posteriormente, escanear y adjuntar copia de dicho pago en la Documentación del expediente. Después de adjuntarse ese justificante de pago, sólo queda esperar a la resolución del CMT.

Notificaciones

Para conocer dicha resolución deberás acceder  periódicamente a tu cuenta de usuario en la página del CMT y dirigirte a la sección de Notificaciones. Puedes entrar en cualquier momento para ver las solicitudes que has realizado (Mis expedientes), el estado de tramitación en el que se encuentran y otras posibles notificaciones del CMT (Mis notificaciones).